Entrevista a Néstor Espósito PANORAMA NACIONAL

¿Por qué procesaron a los miembros de Revolución Federal excarcelados?

El periodista especializado en judiciales se refirió al fallo de 60 páginas dictado por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi a través del cual procesó, sin prisión preventiva, a Jonathan Morel, Leonardo Sosa, Gastón Guerra y Sabrina Basile, acusados de llevar a cabo un plan criminal que tuvo por objeto imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor.

Néstor Espósito rescató un “dato llamativo” que surge del procesamiento donde el magistrado acusó a los integrantes de Revolución Federal de “generar la situación de caos, de violencia social que tuvo como repercusión más importante el intento de magnicidio contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner”.

A su vez, en cuanto a la calificación por la cual procesó a los acusados, explicó que mientras a Basile imputó por “apología del delito a los otros tres les aplicó la figura del artículo 213 bis del Código Penal que prevé penas de hasta ocho años de prisión”.

El artículo 213 bis del Código Penal establece que "será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación".

El magistrado mandó a trabarles embargos sobre sus bienes de la nombrada hasta cubrir el monto de nueve millones de pesos.

Los imputados ahora procesados sin prisión preventiva habían sido detenidos el 20 de octubre pero fueron excarcelados el lunes pasado por orden de la sala primera de la Cámara Federal porteña que entendió que todos estaban a derecho y que no había riesgo de que se fugaran ni entorpecieran la investigación.

Panorama Nacional, lunes a viernes de 6.00 a 7.00.