JUDICIALES

Fuerte enfrentamiento entre la Asociación de Magistrados y el Colegio de Abogados

Es por la disputa del abogado Ernesto Gavier y el fiscal de instrucción de Delitos Complejos, Enrique Gavier (son parientes), en causas judiciales por megaestafas y delitos de "guante blanco".

Audio: Mario Capdevilla, Presidente Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Córdoba

Fiscal-Enrique-Gavier

Fiscal Enrique Gavier

El último cruce es por la "causa Trebucq" donde el abogado asumió una defensa para apartar al fiscal. De allí derivó la inhibición del funcionario quien remitió los antecedentes al Tribunal de Disciplina de Abogados para que evalúe la conducta de Ernesto Gavier. Eso motivó la encendida defensa del Colegio del letrado y una volanteada, los últimos días, en el edificio de Tribunales II.

En la Radio de Todos, Mario Capdevilla, Presidente Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Córdoba explicó que “el fiscal de instrucción considera que incorporar a su pariente en las causas que investiga es una maniobra dilatoria, que se constituye en una tarea de entorpecimiento. Se ha apartado como corresponde pero envió los antecedentes del abogado para que sean tratados en el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados. Ante eso ha habido una reacción corporativa por parte del Colegio de Abogados, que no encontramos sentido alguno, con volanteadas en los tribunales, cosa que nunca se había visto” dijo.

Por utlimo, agregó que con esta situación “se está poniendo en crisis el funcionamiento normal” del área de Delitos Complejos.

A continuación el comunicado de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Córdoba:

A propósito de la resolución nº 25578 del Colegio de Abogados de Córdoba relacionada con la intervención del abogado Ernesto J. Gavier en los autos “Trebucq, Gustavo Oscar p.s.a. Amenazas y Coacción” que provocara la inhibición por causal objetiva del Fiscal de Instrucción Enrique Gavier y la remisión de los antecedentes al Tribunal de Disciplina de Abogados en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 21 inc. 4 de la ley 5905 – intervenir en un juicio al solo efecto de provocar la inhibición de los magistrados o funcionarios respectivos-, la Asociación de Magistrados y Funcionarios expresa que ratifica el más irrestricto respeto por las garantías constitucionales que informan la inviolabilidad de la defensa en juicio de la persona y de los derechos. 
Sin embargo preocupa que por el envío de los antecedentes al Tribunal deontológico, el Colegio de Abogados se manifieste en contra del deber en que se encuentran los funcionarios y magistrados judiciales de velar por el debido cumplimiento de la ley provincial 5805, en los procesos judiciales que se sustancian bajo su ámbito de actuación. Igual zozobra provoca la “volanteada” efectuada en los edificios del Poder Judicial con el contenido de la resolución colegial.
Ambas acciones merecen el repudio de la Asociación de Magistrados y Funcionarios porque constituyen veladas acciones intimidatorias contra la normal prestación del Servicio de Justicia y de ese modo queda gravemente afectada la independencia judicial.


Las ostentaciones de poder corporativo contra la legítima actuación de funcionarios y magistrados judiciales carecen de la prudencia esperada, afectan la libre determinación de los integrantes del Poder Judicial y resultan inaceptables en el Estado de Derecho.
Los cuestionamientos a la actividad de los magistrados y funcionarios deben canalizarse por las vías legales correspondientes y no a través de manifestaciones públicas que puedan generar descrédito o alteraciones de ánimo de las personas encargadas de velar por la correcta administración de justicia en todos sus estamentos.
Es conveniente poner en conocimiento de la comunidad que los funcionarios que componen el Ministerio Público Fiscal están en igualdad de condiciones para investigar las causas que se les asignan, pero en virtud de la voluminosidad de casos y la complejidad de algunos -especialmente aquellos en que se cometen los delitos llamados vulgarmente de “guante blanco”-, se impone la distribución de competencias que asegure una mayor eficiencia en el servicio.
Por eso la Fiscalía de Delitos Complejos posee una competencia y modalidad de funcionamiento específicas y el apartamiento del Fiscal Enrique Gavier y la remisión de esos casos a Fiscalías de Instrucción, provoca la innecesaria dilación de los procesos, con peligro de prescripción de la acción penal y frustración de la finalidad legal destinada a que todos los ciudadanos –aún los económicamente poderosos- sean juzgados por un tribunal imparcial.
Esta Institución se encuentra en el deber de hacer saber a los propios organismos señalados por el Colegio de Abogados: Tribunal Superior de Justicia, Fiscalía General, Tribunal de Ética y Consejo de la Magistratura, la honda preocupación que tales intentos de avasallamiento institucional generan en el ámbito del Poder Judicial de Córdoba.

JUNTA EJECUTIVA
Asociación de Magistrados y Funcionarios
Judiciales de la Provincia de Córdoba

Córdoba, 18 de octubre de 2016