FERIADOS NACIONALES ENTRE RÍOS

Empleados de comercio que trabajen el 25 y 26 de mayo deben cobrar doble

A días de conmemorarse el 213 aniversario de la Revolución de Mayo y decretarse como feriado inamovible ese día, sumado al feriado puente ordenado para el 26 de mayo, los trabajadores de comercio deberán percibir el pago doble por ambos días trabajados. Así lo informó, Mario Marcilla, secretario Gremial del Sindicato de Empleados de Comercio de Paraná.

El dirigente gremial, remarcó que los empleados que trabajen tanto el jueves 25 de Mayo, como el viernes 26 de mayo (feriado puente) deberán cobrar doble por cada jornada laboral.

Marcilla, indicó además, que si el empleador abre el comercio, sin convocar a sus trabajadores, no se debe descontar el día o los días. También dijo que los horarios de apertura y cierre, en estos casos, lo definen los dueños de los locales.