JUICIO ABREVIADO

El delincuente está acorralado y confiesa, la prueba es contundente

Tras de la aplicación de la nueva ley procesal penal, se han producido dos fallos judiciales relevantes,  uno de ellos en Malargüe hace poco más de un mes, que tuvo que ver con una organización delictiva que generó muchos allanamientos y que permitió tener una sentencia a pocas semanas de que comenzara el proceso penal. Además, esta semana, hubo en San Rafael otra condena que, a aproximadamente 20 días de perpetrado el hecho delictivo, el robo de aproximadamente $500 mil a una distribuidora, ya hay una condena firme, con 9 años de prisión para dos de las personas implicadas.

 

Esto pone de manifiesto la celeridad que tanto se ha reclamado a la justicia Precisamente, a raíz de estos dos fallos judiciales recientes, LV4 consultó a la Dra. María Eugenia Laigle, de la Segunda Cámara del Crimen quién explicó detalles de los juicios abreviados.

 

La magistrada dijo que es una institución que se aplica hace mucho tiempo, “como procedimiento está legislado y lo venimos aplicando desde hace varios años. La novedad aquí es que desde la puesta en vigencia del nuevo Código Procesal Penal (CPP) a mediados de año, entró en vigencia también El Juicio Abreviado Inicial que antes no estaba en marcha”-explicó. Lo novedoso es que no hay un juicio oral al final de las causa (el final que se espera en los procesos comunes), esto es así, de acuerdo a lo explicitado por la abogada “porque son casos en los que la prueba que reúne la fiscalía es tan contundente, está tan sobrada que, realmente, el juicio oral ya no hace falta. Esto el imputado lo sabe, lo conoce y su defensor también.”

La ley permite en estos casos que el juicio oral no se lleve adelante “el imputado, confiesa, reconoce la autoría y la culpabilidad y se acuerda con la fiscalía la imposición de una pena pactada.”

 

La Dra. Laigle opinó que la aplicación de este procedimiento “no va en detrimento de la justicia, porque son casos en los que la prueba que la fiscalía recolectó es muy abundante, entonces ya pierde sentido la realización del juicio oral. En esto se basa el procedimiento abreviado y por eso la ley lo prevé”- concluyó la abogada.