SALUD INFANTIL RíO NEGRO

Criterios sobre la prevención ponen en riesgo la vida de niños

Ejercicio ilegal de la medicina, clandestinidad, vulneración de derechos, negligencias, son causas que llevaron a un recién nacido a la muerte y ponen en riesgo la vida de otros, a través de partos domiciliarios y falta de vacunación.

Informe especial de Adrián Moreno

  • “Un 20% de los niños que nacen en El Bolsón, lo hacen en forma domiciliaria”.

 

  • La obligatoriedad de la vacunación es resistida desde el propio sistema de Salud.

 

  • Los niños no tienen documentos y la falta de documentación: ¿podría ser parte de una red de trata?

 

 

La salud en la República Argentina, se orienta hacia programas de prevención, a través de los cuales se busca erradicar enfermedades, evitar aglutinamientos en los centros asistenciales, promover una cultura de “cuidados saludables” y reducir con eficiencia el gasto estatal.

Si bien no está especificado en las normas, es posible suponer que a mayor prevención, es menor el riesgo de contraer afecciones que demandarán costos elevados tanto para el Sistema como para las personas.

Las leyes 26.687 (de Control de Tabaco); 26.905 (de Consumo de Sodio); el Programa Nacional de Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias Crónicas, las leyes 23.753 (de Prevención de la Diabetes); 26.396 (de Prevención y Control de los Trastornos Alimentarios, obesidad); el Programa de Asistencia de Salud Mental, entre otras, son algunos ejemplos que hacen referencia a casos en particular como también a miradas integrales en función de la prevención, el diagnóstico temprano y lo que se denomina: promoción de la salud.

 

En ese sentido, la vacunación aparece como una de las medidas primarias de prevención pero es cuestionada aun desde los organismos públicos, pese a las consecuencias fatales que se registran en hospitales y centros de salud, precisamente, por la negativa de padres e incluso operadores del sistema, a vacunar a los niños, argumentando para ello “mitos” o “conclusiones falaces”, desde el punto de vista médico.

 

En la ciudad de El Bolsón (Río Negro), el 20 % de los niños que nacen no son vacunados y sus partos, tampoco son registrados, debido a que se efectúan en forma domiciliaria.

Sin embargo,  se registran secuelas que van desde tratamientos prolongados (a veces limitados), pasando por enfermedades que se extenderán de por vida o muertes.

En ese contexto, es posible establecer algunos interrogantes que no podrían presentarse en forma aislada y que evidentemente parecen necesarios, ante un sistema que se muestra abarrotado de normas orientadas hacia la salud preventiva, pero que no instituye parámetros por negligencias o incumplimientos de esas normas, dentro del propio sistema de salud y consecuentemente entre los destinatarios.

 

Qué sucede con los derechos y en particular -hablando de vacunas-, los de los niños. Cuál es el alcance específico de las normas de prevención y qué ocurre con las responsabilidades, son algunos de los interrogantes, sumados a las formas (que se podrían imaginar), en las que estas deficiencias se acentúan y producen desencuentros en el conjunto de la sociedad, a partir del propio sistema.

También valdría incorporar al debate, lo que significa el costo de la salud pública y si proponer dicha discusión en tales términos, sería hacerlo necesariamente desde una mirada “mercantilista”.

Esto último, en función del simple análisis que cualquier ciudadano puede proponer, respecto de que el costo por la falta de prevención podría engrosar al costo de la asistencia, en un sistema que por sí, no llega a cubrir la demanda total de la población.

 

UN NIÑO MUERTO Y OTRO CON MENINGITIS POR FALTA DE VACUNACIÓN

 

En abril pasado, ingresó al hospital de El Bolsón un niño de apenas tres meses en estado de gravedad, fruto de la falta de vacunación y de acuerdo a las primeras intervenciones, presumiblemente porque su nacimiento se produjo a través de un parto domiciliario (voluntario), sin que se contara con las medidas de asepsia requeridas.

A diferencia de otros casos que no tomaron estado público, en esa oportunidad y gracias a una denuncia anónima, intervino el juzgado de Familia de la localidad, obligando a los padres a internar al niño (como primera medida), teniendo en cuenta que de por vida, padecerá las secuelas de una meningitis bacteriana, que en el diagnóstico inicial se manifestó como “hidrocefalia”. Luego, tomando conocimientos del hecho, se inició una denuncia desde la Defensoría de Niños y Adolescentes hacia los padres, por negligencia y vulneración de los derechos del niño.

El médico Oscar Panomarenko, director del hospital de El Bolsón, hizo referencia a que la intervención judicial se produjo para “resguardar los derechos del niño”.

 

No obstante, Panomarenko asegura que no se trata del primer caso y recuerda “otras intervenciones similares” e incluso, la de un niño que “perdió la vida por las mismas causas”.

“De hecho” –aseguró- “en el hospital tuvimos que disponer de una sede del Registro Civil por la cantidad de niños que no se registran al nacer, muchos de esos casos, debido a que los partos se producen en los domicilios”.

Pero, a diferencia de la preocupación que se muestra desde el sector médico del Hospital, incluidos funcionarios del ministerio de Salud, al parecer, no todos los operadores o trabajadores del sistema acuerdan con la “vacunación” como una medida preventiva y alimentan las posibilidades de que los padres o grupos familiares opten, tanto por no vacunar a sus hijos como por no inscribirlos en el Registro Civil, aunque no lo hacen en forma pública.

INCUMPLIMIENTO DESDE EL PROPIO ESTADO

Pese a que la Convención Internacional de los Derechos del Niño tiene rango constitucional en el marco regulatorio de nuestro país y establece que los derechos primarios son los de la “salud” y la “identidad”, parece que no están del todo aceitados los mecanismos para que desde el propio Estado, no sólo se cumplan estas normas, sino que se promocionen todos los derechos vinculados a la prevención y por supuesto, a la identidad. Incluso, se advierte que desde los organismos protectores y otras instituciones que debieran velar por esos derechos, se reconocen métodos alternativos, bajo el criterio de que los responsables del niño “tienen el derecho a elegir”.

En el caso particular al que se hace referencia, vale mencionar que el niño fue registrado en un centro de salud, aún sin contar con la partida de nacimiento. Es probable que teniendo en cuenta la urgencia, se pueda salvar el incumplimiento por parte de quien hizo la documentación sin esa partida, habida cuenta de la necesidad que tenía el niño de ser asistido, pero ello no deja de evidenciar que el sistema, al menos en ese aspecto, no expresa un criterio unificado.

Los partos domiciliarios se realizan en forma clandestina y desde el propio sistema de salud se tiene conocimiento de que éstos existen, dado que por controles o por urgencias, los padres finalmente recurren al hospital. Y “por lo general”, se indica, seguido de los partos domiciliarios o vinculados con ellos, los padres o responsables de los niños deciden no vacunarlos.

Los porcentajes parecen alarmantes y las consecuencias todavía más. Pero a pesar de estos incumplimientos que se observan no sólo en los aspectos concernientes a la salud sino en lo que respecta a los derechos, no existen mecanismos que puedan lograr la toma de conciencia en lo que respecta a la responsabilidad de los operadores de la salud que, sin expresarlo abiertamente, en algunos casos promueven la no vacunación -por ejemplo-, como modo alternativo preventivo para la salud de los niños.

El abogado Horacio Cabrera, Defensor Oficial de Niños y Adolescentes de El Bolsón, señala que “el incumplimiento de las obligaciones de un profesional de la salud o de la administración pública en general para con los derechos del niño, es considerado como el incumplimiento de los deberes de funcionario público y es causal de sanciones de acuerdo al grado de ese incumplimiento”. Cabrera, intervino en la causa del menor con meningitis y fue uno de los denunciantes luego de que se conociera el hecho, presentando los antecedentes ante Juzgado N°11.

LOS NIÑOS NO SON OBJETOS SINO SUJETOS DE DERECHO

No obstante, El Defensor también hace referencia a que la vacunación es “parte de un sistema obligatorio”, destinado al personal médico o de organismos de salud y por supuesto a los padres. “Los padres deben garantizar la salud de los niños y una forma es a través de la vacunación”, dice. Y va más allá, asegurando que a partir de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del año 2012 dada la negativa de los responsables del niño a vacunarlo, “se los obligó a hacerlo en forma compulsiva” y en consecuencia, de acuerdo a dicho antecedente judicial, indica que “podría llegar a solicitarse la intervención de la fuerza pública, teniendo en cuenta que se trata de un derecho superior del niño.

 

El médico Alfredo Muruaga, secretario de Políticas Públicas Hospitalarias, del ministerio de Salud de Río Negro, asegura que “quienes se expresan en forma contraria a las vacunación, deben demostrar a través de métodos científicos que las vacunas no sirven”.

 

A la vez, el funcionario destaca que “la vacunación no es algo nuevo para la salud y se ha demostrado que ante la falta de vacunación han reaparecido enfermedades como el caso del Sarampión en Europa”.

Parece difícil trazar un análisis lineal, teniendo en cuenta la complejidad y diversidad que se presentan en una sociedad, aun cuando se podría indicar que debe existir cierta lógica desde un sector que -según se entiende-, ostenta los mismos objetivos. Por ejemplo, la doctora Carina Cascio (especialista en pediatría), al igual que Muruaga, asegura que “a raíz de la no vacunación, reaparecen patologías que estaban erradicadas” y destaca que “estudios realizados desde el punto de vista médico y las propias estadísticas, dan cuenta de que la vacunación evita enfermedades y la no vacunación produce daños que afectan a toda la población”.

 

Sin embargo, la profesional advierte que “en El Bolsón, un veinte por ciento (20%) de los niños que nacen, no son vacunados, mientras que hace referencia al registro de enfermedades respiratorias u otras de mayores complicaciones -que además demandan derivaciones hacia centros asistenciales más complejos-, “surgen de la no vacunación”.

 

Pero desde el ejercicio de trazar ese análisis lineal (si fuera posible), parece que a partir la misma institución hospitalaria no hay convencimiento de la necesidad, obligatoriedad y responsabilidad que supone no solo vacunar sino promocionar esa práctica preventiva. Y aparece entonces esa disociación tanto entre padres o responsables de los niños como entre los funcionarios públicos. La licenciada Sandra Fuenzalida, titular del Servicio Social del hospital de El Bolsón, por ejemplo, reconoce la obligatoriedad que establece la ley, no obstante pone de relieve la existencia de otros “pensamientos o creencias”, lo cual deja al descubierto un bache que, susceptible de ser presentado en un debate o no, dan cuenta de las dudas respecto de la necesidad y la toma de conciencia en cuanto a lo que significa la vacunación, tanto desde el punto de vista de la salud como desde el reconocimiento de los derechos de los niños.

 

Es evidente que la mirada del Estado siempre se ubicó por detrás de las particularidades y que las normas se establecen desde un contexto general. Fuenzalida se apoya en el concepto para hacer referencia a las “tensiones” que se producen “entre quienes quieren vacunar a sus hijos y quienes optan por no hacerlo”.

Llama la atención, entonces, aun cuando fuera necesario el debate sobre un Estado que propone normas en general, para ciudadanos que tienen demandas en particular, que desde el propio sistema: primero no se produzca la discusión y segundo, quienes deben acompañar en el proceso de toma de conciencia (por ejemplo en este caso con las vacunas), expresen sus propias dudas. Vale preguntarse, por ejemplo, si el servicio social de un hospital o cualquier otro organismo de esa institución, debe ser el ámbito donde se produce el acompañamiento a los pacientes o sus familiares para que asuman o acepen las propuestas que el sistema ofrece o puede ser el espacio donde se interpelen los mecanismos que hacen funcionar a ese sistema.

“LA VACUNACIÓN ES LA PRINCIPAL HERRAMIENTA DE LA PREVENCIÓN”

A diferencia de las dudas que presenta la trabajadora social, el ministro de Salud de Río Negro, Fabián Sgaib, asegura que el calendario de vacunación del país, es “la principal herramienta para la prevención”, pese a que indica “otras prioridades” que deben ser atendidas en el conjunto. “Un niño vulnerable ante posibles enfermedades, a causa de la falta de vacunación, puede convertirse en un factor de contagio en el ámbito escolar e incluso en otros espacios, destaca.

Pero el funcionario hace referencia al sistema y es allí donde se puede poner el eje de la discusión, imaginando que un sistema está compuesto por diversos engranajes que se asocian desde sus roles específicos para que el mecanismo funciones. Llevándolo al plano social, en cuanto a lo que implica un sistema de salud, palabras más o menos, se entiende que desde ese sistema, aún con las diversas responsabilidades de cada uno de los actores, todos deberían estar comprendidos con los mismos impulsos.

Pero evidentemente, no todos los criterios son iguales y algunos se encuentran distanciados diametralmente de otros. Sin embargo, se podría asegurar que no se centra el conflicto en ello sino en el perjuicio que se le ocasiona a la población destinataria de un sistema de salud que se expresa con sus engranajes disociados.

Uno de los temas que el Ministro aborda, para el que tampoco se presenta un criterio uniforme y que está relacionado directamente con la no vacunación, es el de los partos domiciliarios. Si bien el funcionario hace referencia a la “imposibilidad” de que el sistema de salud provincial lo avale, el número parece alarmante de acuerdo a lo que señala la pediatra Carina Cascio y las quejas en el servicio de maternidad son recurrentes, aunque no se hacen denuncias.

Según testimonios que optan por el anonimato, un parto domiciliario en El Bolsón cuesta algo más de veinte mil pesos ($20.000). Un servicio que no emite factura y se realiza desde la clandestinidad, ya que se entiende que se trata de la “práctica indebida de la medicina”, puesto que quienes lo ejercen no son profesionales.

A esas irregularidades, se le debe sumar el riesgo de vida de los niños que, fruto de nacer bajo dicha modalidad, han padecido deficiencias en la salud que en algunos casos terminaron con sus vidas, según afirma el médico Oscar Panomarenko. Además, que de acuerdo a los criterios de los padres, los niños no son vacunados y en consecuencia, también porque el nacimiento es domiciliario, son indocumentados.

La falta de documentos no constituiría un inconveniente por sí, para cualquier padre o madre cuyo hijo goce de buena salud y se desarrolle de acuerdo a su edad bajo los estándares reconocidos por la medicina. Pero sí se convierte en un problema cuando ese niño debe vacunarse, ser asistido por cualquier tipo de enfermedad, se le debe hacer la historia clínica o se debe recurrir al coro de alguna asistencia social, como la AUH, por ejemplo.

Sgaib, asegura que “todos los servicios médicos de la Provincia deben estar matriculados” y que esos requisitos “no deben ser vitos como trabas burocráticas sino como medidas precautorias en resguardo de la salud de las personas”.

 

Volviendo al caso del niño con meningitis, la jueza Erika Fontela, titular del Juzgado Nº11 de Familia de El Bolsón, ordenó a los padres “cumplir con el plan nacional de vacunación”; con las indicaciones médicas para su tratamiento y dispuso además, un seguimiento especial de los organismos de Familia para garantizar “el interés superior del niño”.

La magistrada estableció una medida cautelar para que los padres informen diariamente el estado del niño en forma telefónica, además de concurrir al servicio de pediatría cada 72 horas. No obstante, se dispuso la intervención de una terapista para iniciar el tratamiento de rehabilitación y estimulación temprana, la asistencia a una nutricionista, la inscripción del niño en una obra social, la acreditación del informe de un trabajador social respecto a las condiciones de habitabilidad del hogar del niño y que “un referente del servicio social acompañe un informe cada 24 horas al asesor de menores”. También, que la vivienda cuente con condiciones de accesibilidad para el personal del hospital y un detalle pormenorizado de los cuidados médicos y sociales obligatorios.

Sin embargo, desde el organismo de Protección de Derechos de Niños y Adolescentes, la primera reacción parece ser la de justificar el trabajo que allí se realiza. Según se ha señalado, pese a que no existe constancia, al menos desde la delegación local, no todos los operadores se inclinan hacia adoptar las medidas de un modo estricto y al parecer, hacen valer la opinión de que existen otras formas preventivas, alternativas.

El hecho se presenta del mismo modo que con los partos domiciliario. Se sabe que estos existen, incluso cuánto se cobra; los profesionales del hospital dan cuenta de ello pero no hay denuncias que puedan constatarlo.

Según señala un especialista, que prefiere no dar su nombre, las familias no realizan denuncias, puesto que se genera un acuerdo tácito, a través del cual se sabe que se opera desde la clandestinidad y que ante una denuncia, el o la responsable del parto tendría que enfrentarse, por ejemplo, a un proceso penal, pese a que en algunos casos, los niños han padecido secuelas por la modalidad del parto o las seguirán teniendo durante toda su vida.

Si bien se muestra como un desencadenante extremo, se debe decir que de los casi setenta partos domiciliarios que se realizan en el año, no todos tienen consecuencias graves o han producido algún perjuicio en la salud de los niños. Sin embargo, sí existen registros de menores que son asistidos en forma permanente, fruto de partos domiciliarios y falta de vacunación.

A la vez, es posible señalar que desde el propio sistema se crea un circuito vicioso en el que, a pesar de la elección primaria de no vacunar o de realizar el parto domiciliario, se termina recurriendo al hospital cuando el niño expresa alguna anomalía grave. Situación que evidencia todavía más la vulneración de los derechos; la incongruencia de algunos operadores y un desgaste del sistema que podría ser considerado como innecesario. Sin contar el primero y más preocupante de los hechos que fue: “haber puesto en riesgo la vida del niño”.

Al distinguir los recursos de una sociedad, a fin de que un niño nazca sano y se desarrolle desde una perspectiva normal o convencional (sin que medie una afección extraordinaria o no prevista ni voluntaria), al menos en el caso de la provincia de Río Negro, los ciudadanos cuentan con la asistencia directa de organismos como el propio Hospital y dentro de él, los servicios médicos, de Vacunación y Social; la secretaría de Niñez y Adolescencia y los ministerios de Salud y Desarrollo Social, por citar algunos. Además, se puede pensar en instituciones que operan en forma coadyuvante para garantizar los derechos a la salud e identidad, como el juzgado de Familia, la Defensoría del Niño; Juzgado de Paz e incluso Fiscalía, en caso de que se establezca un delito penal.

Pero a pesar de que estas instituciones podrían ser graficadas como los engranajes de un mismo mecanismo, no se evidencia un acuerdo explícito, a través del cual se expresen en favor de la vacunación y en rechazo de los partos domiciliarios, con la salvedad de las campañas de vacunación que se realizan desde el sector hospitalario.

Es cierto que los médicos -por ejemplo- se manifiestan favorablemente hacia la vacunación, e incluso, con respecto a los partos domiciliarios; los testimonios esgrimidos en este informe parecen claros. Pero lo que no se observa es una expresión de conjunto, y en consecuencia, es posible imaginar que los pacientes pueden optar por las opiniones de acuerdo a sus expectativas.

Cabe preguntarse entonces, ¿por qué no hay muestras de certezas desde el propio sistema?, dado que se trata de un hecho tan sensible que puede afectar la salud e incluso la vida de un niño; que lo establece la Constitución Nacional; que lo reafirman las normas directrices de la salud en el país y que se expresa como los derechos primarios que puede tener una persona.

Pese a ello, según aseguran desde el Hospital, “existen varias acciones judiciales en contra del Estado, que reclaman asistencias especiales en salud, debido a las consecuencias provocadas por la falta de vacunación o partos domiciliarios”. Algo que a todas luces se presenta como paradójico, por lo menos.

La titular de la secretaría de Niñez y Adolescencia (SENAF), Roxana Méndez, ha elegido argumentar, primeramente, todo lo que el organismo realiza, frente a las críticas o reclamos que se ponen de manifiesto en función de las obligaciones que tiene el área a su cargo.

 

Pero, ante la pregunta de por qué la SENAF no realiza una campaña en favor de la vacunación y lo que ello significaría como reconocimiento superior de los derechos del niño, si bien no tiene una explicación y expresa que se trata de una tarea pendiente, marca la posición y advierte sobre la “necesidad de realizar un trabajo en conjunto con el resto de las instituciones” y reconoce que “se trata de criterios, incluso culturales, que deben ser modificados en función de la salud y los derechos del niño”.

Y por otra parte, la funcionaria se encarga de destacar que “ningún empleado de la Secretaría podría promocionar la no vacunación como una herramienta alternativa”. Pese a ello, vale primero recordar esa vieja premisa que señala: “Mejor prevenir que curar…” y para el caso de la SENAF y lo que se evidencia, al menos en El Bolsón, también se podría recordar aquello que expresa: “Quien calla otorga…”.

Es decir, si no existe una expresión específica, a modo de “campaña” u otra forma en la que los operadores se expresen en favor de la vacunación, el resguardo de los derechos del niño desde el sistema de salud o el rechazo de los partos domiciliarios, es posible que puedan primar opiniones dispares que son  consideradas como “alternativas”, a pesar de que la funcionaria pone énfasis en que “ningún trabajador del organismo podría estar en desacuerdo con las normas”.

“Es una contradicción”, asegura y hace hincapié en que la institución que representa, es la primera en la “trinchera”, que debe actuar en “el resguardo de los derechos” de los niños.

Desde la Defensoría, se da cuenta de un número significativos de causas que en algunos casos pudieron resolverse “prejudicialmente” y en otros se debieron “interponer recursos cautelares para obligar a los padres a vacunar a sus hijos”. También, se hace referencia a situaciones de alta complejidad que surgen a partir de inconvenientes con partos domiciliarios.

El médico Alfredo Muruaga, asegura que establecer parámetros en cuanto al costo de la salud, respecto de la prevención y cuando ésta se pone en práctica, es difícil. Puesto que asegura que “en biología uno más uno no es dos”. Pero señala que “se pueden establecer políticas de acuerdo a los presupuestos que se suceden año a año”.

En el Encuentro nacional de Políticas y Gestión de recursos en Salud, celebrado el 15 de agosto pasado, en Buenos aires, el ministro Adolfo Rubinstein, indicó que “la formación de los recursos humanos es clave para lograr una cobertura efectiva y de calidad”.

Según señaló el funcionario, “el objetivo es ayudar a las provincias a desarrollar recursos humanos alineados a la estrategia territorial de cobertura, con población definida a cargo, con población nominalizada, georreferenciada, con equipos apropiados para la prevención y diagnóstico…”.

Algo que parece alejado de una realidad en la que al menos en El Bolsón, el primer paso que se debiera dar para que se cumplan esos ideales de la salud pública, se muestra un 20% vulnerado.

Hay, no obstante, otros interrogantes que se presentan y que en algunos casos podrían teñir de mayor gravedad a los hechos. Uno de ellos tiene que ver con la trata de personas, puesto que se podría sugerir que si alguien puede presentarse tres o cuatro meses después del nacimiento para que se registre al niño, no hay certezas de que ese niño pertenezca a quien lo presentó. Tampoco hay certezas de cuántos son los niños que nacen en forma domiciliaria. La médica Cascio indica que se trata del 20% de los partos hospitalarios pero, se asegura por otra parte aunque sin documentación, que es un número similar a los nacimientos registrados, es decir: 360 aproximadamente al año.

A la vez, llama la atención el silencio de organizaciones protectoras de derechos, en el caso de los niños, por ejemplo, el Consejo Local de Niñas, Niños y Adolescentes que ante la noticia que tomó estado público, no se expidió de ningún modo, habida cuenta de que se trata de la vulneración de un derecho del niño, de acuerdo a lo que establece la Convención Internacional.

Yendo algo más allá, ante la primera consulta respecto de por qué no había una expresión pública desde la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la respuesta se basó en el requerimiento de un “pedido formal” para que el organismo pueda expedirse. Sin embargo, su presidente, Enrique De Francesco, aseguró estar en “absoluto desacuerdo con la no vacunación”, indicando que quienes toman esa decisión “pueden estar desinformados o se dejan llevar por influencias o actitudes de otras personas”.

Además, el titular de la APDH local asegura que “es peligroso, tanto para quien no se vacuna como para el resto de la población”, e invita a revisar la historia para analizar “lo que han significado las vacunas para erradicar epidemias como la Poliomielitis o el Sarampión” asegurando que los países que dejaron los calendarios de vacunación, “aumentaron sus tasas de mortalidad en niños y adultos”.

La salud, desde el punto de vista del Estado, ha sentado sus bases en función de la prevención y la lógica debiera indicar que todos los mecanismos que constituyen al Sistema, se movilizan en dicho sentido. Incluso se puede destacar que el propio sistema ofrece otros mecanismos o servicios que si bien no se relacionan directamente, operan en beneficio del reguardo de los derechos, como los ámbitos de Justicia.

Sin embargo, aparecen estas disociaciones que, en resumidas cuentas, vulneran derechos y ponen en riesgo la vida de las personas.

Son muchas preguntas y pocas las respuestas, en un sistema cuyos engranajes parecen no estar coordinados y ponen en evidencia que hay tanto más por debatir y que aun cuando llegue ese momento, mientras se discute, se debiera respetar las normas, al menos desde adentro del sistema.

Muchos más son los interrogantes cuando el resultado de determinadas elecciones (como la de no vacunar), terminan reclamando a ese sistema que de primer momento fue rechazado, por ejemplo, con las demandas millonarias hacia el Estado por las afecciones que algunos niños tienen a causa de no haber sido vacunados o porque sus nacimientos fueron en forma domiciliaria.

Si bien la lógica de todos los engranajes podría indicar: mismos objetivos de un mismo mecanismo, la realidad señala lo contrario y el 20% no sólo lo demuestra sino que debiera poner en alerta a todas las instituciones.

La salud se define como “un bien preciado” de la sociedad, a la vez que se la establece como un derecho inalienable de toda población. Pero hasta que los engranajes no se encuentren en un dinamismo uniforme, se puede asegurar que seguirá habiendo dudas, irresponsabilidades; negligencias y lo que es peor, riesgo de vida.

 

FUENTES: propias; Salud de la Nación; Defensoría de Menores de El Bolsón; Juzgado de Familia N° 11

IDEA Y PRODUCCIÓN GENERAL: Adrián Moreno

ASISTENCIA EN LA PRODUCCIÓN: María Lincan

COLABORACIÓN: Verónica Bernoy

PUBLICACIÓN WEB: Marcelo Valenzuela

MÚSICA UTILIZADA PARA LA EDICIÓN: The Descent (K. MacLeod); Emotional Dark Music The Eternal Forest