INCREMENTO DE CONTAGIOS ENTRE RÍOS

COVID 19: en Santa Fe anunciaron restricciones de actividades

Según se determinó para la ciudad de Santa Fe y Santo Tomé rigen nuevas restricciones ante el incremento de contagios de coronavirus. Por tal motivo, desde las 0 de este sábado cierran comercios de rubros no esenciales, gimnasios, bares y restós, que podrán trabajar con la modalidad take away y delivery. Obras privadas, con sólo cinco obreros. Salidas recreativas, hasta 500 metros a distancia del domicilio. En principio, la medida será por 14 días.

Las actividades suspendidas son el comercio mayorista y minorista de venta de mercadería de rubros no esenciales de más de 100 metros cuadrados (locales de venta de comida y farmacias, por ejemplo, seguirán abiertas). Se cierran los locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías) y los comercios de proximidad (de rubros esenciales y no esenciales) seguirán abiertos. Sobre este último punto, los locales de gastronomía podrán trabajar exclusivamente para envíos a domicilio delivery las 24 horas, y con el servicio para llevar (teake away) hasta las 22 horas.

Quedarán suspendidas las actividades comerciales de shoppings; las obras privadas de más de 5 trabajadores, profesionales o contratistas; la práctica de actividades deportivas y físicas (en instalaciones cerradas como clubes o gimnasios); la actividad artesanal en espacios abiertos (ferias); la pesca deportiva y recreativa (modalidad desde costa y embarcados y navegación), el servicio de personas doméstico, los locales de peluquería, manicuría, cosmetología y podología.

Salidas recreativas
Respecto de un punto muy sensible para la ciudadanía, quedarán limitadas las salidas recreativas breves para caminatas y esparcimiento bajo la siguiente modalidad: se prohíben las caminatas recreativas para personas incluidas en grupos de riesgo. Seguirán permitirán salidas breves, sin exceder el radio de 500 metros del domicilio de distancia, sin extenderse más allá de la hora 19.30, supo El Litoral.

También se suspende el ejercicio de profesiones liberales (mandatarios, corredores martilleros, inmobiliarias y mudanzas); Las actividades religiosas (individuales y reuniones o ceremonias grupales); actividades administrativas (sindicatos, gremios, obras sociales, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades públicas y privadas.