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Blando opinó que el umbral del 3% para acceder a la banca es inconstitucional

En diálogo con Nacional Rosario Fontanarrosa, el abogado constitucionalista y docente universitario Oscar Blando, consideró que la exigencia del 3% de votos del total del padrón electoral para acceder a la repartición de las bancas fijado por el decreto 9280/83 de la última dictadura militar no es constitucional y en consecuencia no se debería aplicar.

 

 

La asignación de la banca número 50 de la Cámara de Diputados provincial renueva una vieja discusión por la representación de las minorías y la disputa coloca en el centro de la controversia a Rubén Giustiniani, líder de Igualdad, quien sacó más de 70 mil votos (el 4,1 por ciento de los votos) pero no superó el margen del 3% del total del padrón, por su parte, Fabián Palo Oliver, candidato en tercer término del Frente Amplio por la Soberanía, espacio que lidera Carlos Del Frade, también se atribuye el escaño.

 

En contacto con Antes Que Todos (de 7 a 9 hs.) Blando afirmó que el decreto ley 9280/83 fue derogado por la Ley 12367. "En el año 2004, nosotros tenemos primarias y ya las primarias establecen no solamente el 1,5% del padrón para pasar a las generales, sino también se establece en el artículo 18 de esa ley la asignación de cargos, ahí se dice expresamente que la distribución de los cargos a diputados provinciales se hará de acuerdo a lo que dice  Constitución en el artículo 32, es decir, una ley posterior de la democracia que ha derogado tácitamente por contradicción a aquella norma (...), obviamente la ley posterior deroga la anterior", opinó el letrado.

 

El antecedente más cercano lo protagonizó Carlos Del Frade y se remonta al año 2011. La discusión escaló hasta la Corte Suprema de Justicia provincial, quien desechó el planteo del legislador por no alcanzar el 3% del total de votos del padrón, por aquel entonces, el ministro Daniel Erbetta votó en disidencia. Ahora, en su condición de presidente del Tribunal Electoral de Santa Fe deberá decidir en primer término sobre la asignación del escaño en disputa.