Resolución

El Gobierno flexibilizó el uso de drones

Para evitar “complejidades innecesarias”, la ANAC estableció un nuevo marco regulatorio, diferenciando las actividades recreativas o de bajo impacto de las de riesgo alto, en sintonía con la Organización de Aviación Civil Internacional.

Al respecto, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, festejó la medida adoptada mediante la Resolución 550/2025 de la Administración Nacional de Aviación Civil publicada este viernes en el Boletín Oficial.

En su cuenta en X, Sturzenegger publiccó: "DESREGULACIÓN TOTAL DE DRONES. Cada día aumentan las aplicaciones de drones en el campo, el comercio, para la entrega de medicamentos, la industria, etc. Por eso es clave un marco abierto y de libertad absoluta para el uso de la tecnología".

"En poco tiempo los drones vigilarán el ganado, sembrarán y fumigarán nuestros campos, serán el vehículo para el delivery de comida y para el comercio (pronto tendremos drone-puertos en cada hogar), incluso cuidarán nuestras fronteras. En fin, las posibilidades son infinitas. Libertad, libertad, libertad es lo que nos pide el Presidente @JMilei", agregó

Por ello, explicó, la medida "saca del medio al Estado en las operaciones de drones con peso inferior a 250 gramos en todo el territorio. Además se deja de exigir licencia para drones inferiores a 25kg, y en áreas rurales el uso también será totalmente libre".

"Para ser claro, si querés operar un drone inferior a 250 gramos, sos libre de hacerlo como y donde quieras, el Estado no te va a molestar. Si querés invertir y operar drones en zonas rurales también: lo vas a operar bajo tu propio riesgo sin que el Estado (incluye a la @ANACargentina) te pida, ni licencia, ni cursos, ni nada", enfatizó.

La ANAC aprobó un nuevo marco regulatorio para la operación de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS),  conocidas popularmente como drones, para facilitar las actividades recreativas, científicas y comerciales de bajo impacto, a diferencia de las de alto riesgo, donde se mantienen las medidas de seguridad.

El nuevo esquema sigue las orientaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), ya implementadas en otros países ante el desarrollo de las actividades que recurren a la utilización de drones.

La norma modifica lo establecido en la resolución 880/2019 y apunta a contribuir a un “proceso de transformación hacia una aviación no tripulada más abierta, eficiente y alineada con los principios de desregulación y transparencia sin descuidar la seguridad operacional”, de acuerdo con lo señalado en los considerandos.

Con el nuevo criterio de regulación, se deja de lado el sistema único, para dividirlo en dos categorías: abierta (de bajo riesgo) y específica (para actividades de riesgo moderado a alto), a fin de facilitar las operaciones recreativas, científicas y comerciales de impacto menor.

Para ello, se estructuran tres nuevas partes de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC): la Parte 100 establece requisitos generales para todo el país; la 101 incorpora la “Categoría Abierta”, sin necesidad de autorización previa de la ANAC siempre que se cumplan requisitos mínimos de seguridad; y la 102, con la “Categoría Específica”, para lo que se necesitará una autorización de la Administración basada en una evaluación de riesgos.

En los considerandos de la resolución se cita el decreto 70/2023, que dio el puntapié inicial de lo que luego fue la ley de Bases, se determinó que "es imperativo un reordenamiento integral de la legislación aerocomercial para dotar al mercado de un entorno competitivo que otorgue la suficiente flexibilidad para llegar a todas las ciudades argentinas”.

Posteriormente, se modificó el Código Aeronáutico que, en lo que respecta a las aeronaves no tripuladas, “conlleva la necesidad de adecuar y dictar una nueva reglamentación, de conformidad con los estándares internacionales que rigen la materia”.