La Cámara de Casación Penal de Concordia ordenó un nuevo pronunciamiento por casos de corrupción de menores en los que Gustavo Rivas fue absuelto. Según el fallo, con fecha 18 de noviembre de 2021, por mayoría se hizo lugar a los recursos del Ministerio Público Fiscal y los querellantes. Pero además, rechazó el pedido de nulidad que hizo la Defensa y cuestionó al Tribunal de Primera Instancia de Gualeguaychú. No es un nuevo juzgamiento, solo se solicita que se aplique la ley, es decir sin prescripción. Se debe esperar a que el fallo quede firme y que un tribunal fije una pena. En este sentido, Martín Daneri, una de las víctimas y denunciante, dijo: “Hice que se conforme un nuevo tribunal con tres jueces para que fije la pena con respecto a ocho hechos, que no están prescriptos y que están probados, por lo que la pena podría ser de 25 años”.
Gustavo Rivas es abogado de Gualeguaychú, fue condenado a ocho años de prisión por promoción a la corrupción de un menor en 2019. En esa ocasión, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú que lo juzgó estuvo integrado por Alicia Vivian, Arturo Dumón y Mauricio Derudi. En aquel entonces, el tribunal lo absolvió en un caso del delito de “promoción a la prostitución de un menor de edad” ante la falta de acusación fiscal, y por el beneficio de la duda en otro en el que estaba acusado del delito de “promoción a la corrupción de un menor de edad”.
Rivas también quedó absuelto en otros siete casos por extinción de la acción penal, por prescripción como autor de los delitos de “promoción a la corrupción de menores de edad en concurso ideal con promoción a la prostitución”. Fue entonces que en 2019, Rivas fue condenado solamente por uno de los casos probados y los otros, probados también, fueron declarados prescriptos.
La noticia ahora es que la Sala II de la Cámara de Casación de Concordia hizo lugar al planteo de las querellas y la Fiscalía y las doctoras María Evangelina Bruzzo, María del Luján Giorgio y el doctor Darío Perroud se expidieron en la causa “Rivas, Gustavo por promoción a la corrupción de un menor de edad en concurso ideal con promoción a la prostitución de un menor de edad” y rechazaron el planteo de la defensa de Rivas sobre la nulidad del juicio hecho en Gualeguaychú. Además, se hizo lugar a los argumentos emitidos por los querellantes y la Fiscalía y se le dijo al Tribunal de Gualeguaychú que corresponde una pena por los ocho hechos investigados.
Es decir, para la Segunda Instancia, los abusos y la promoción a la prostitución efectuada por Rivas sobre menores no prescribieron por tratarse de delitos contra los derechos humanos. Cuando la sentencia quede firme, un nuevo Tribunal deberá fijar una nueva pena, que podría rondar los 25 años, aunque a la Defensa de Rivas le quedará como opción: recurrir al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.