A FAVOR DEL CONSUMIDOR

Por ley no habrá restricción horaria para efectuar cambios

La Subdirectora de Asuntos Legales de la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza, Estela Devito, argumentó y explicó la ley, aún no promulgada, que establece que los comerciantes deberán aceptar devoluciones de productos todos los días
La Cámara de Diputados dio sanción definitiva de Ley, que obliga a los comerciantes a efectuar cambios sin restricción de días.

La norma, que llegó a la cámara Baja en revisión del Senado, establece que toda devolución o cambio de productos, que se realice en el marco de las relaciones de consumo, conforme normativa de Defensa del Consumidor, en establecimientos ubicados en la provincia de Mendoza, deberá efectuarse, en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas.

A partir de ahora, en cada local se deberá exhibir un cartel con la siguiente leyenda: "EL CONSUMIDOR NO ESTÁ SUJETO A RESTRICCIONES DE DÍAS Y HORARIOS PARA EL CAMBIO DE UN PRODUCTO".
Quien deberá velar para que esto se cumpla será el propietario, gerente, encargado de cualquier local, comercio o establecimiento.

Asimismo, será autoridad de aplicación la Dirección de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno de la Provincia de Mendoza.

Para quienes no cumplan con la nueva norma, están previstas sanciones, que van desde apercibimientos hasta multas económicas, previstas en las Leyes Nº 22.802 de Lealtad Comercial y Nº 24.240 de Defensa del Consumidor.