CORONAVIRUS NEUQUÉN

El municipio se pronunció por COVID-19 con una Resolución

El secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Zapala, Juan Pablo Young, detalló las medidas tomadas respecto al decreto 366/2020 firmado por el gobernador Omar Gutiérrez. "Tenemos que entender la dinámica de los diferentes lugares, un restaurante al 50% de la capacidad puede manejar la limpieza, la sanitidad y la distancia" mientras que en un local bailable "es imposible y en un gimnasio se favorece la transmisión por el material de uso comunitario".

El INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ZAPALA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°) Adhiérase al Decreto N°366/2020 emitido por el Gobernador de la Provincia de Neuquén de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución. -
ARTÍCULO 2º) Dispóngase la reprogramación de todas las actividades masivas organizadas por la Municipalidad de Zapala. -
ARTÍCULO 3°) Restrínjase al 50 % la capacidad de ocupación de lugares cerrados habilitados cualquiera sea el rubro. Cada lugar deberá adoptar las medidas pertinentes a los fines de mantener el distanciamiento recomendado entre las personas que allí concurran, como así también aquellas medidas indispensables para la correcta higienización y desinfección de todos los ambientes y elementos que se encuentren expuestos al público. -
ARTICULO 4º) Establézcase que los eventos deportivos que se desarrollen en la ciudad de Zapala, deberán realizarse sin concurrencia de público. –
ARTICULO 5°) Establézcase que los Hipermercados, Supermercados y Mayoristas deberán garantizar un horario de atención exclusiva de aquellas personas mayores de 60 años, el cual deberá informarse a la comunidad en general. Asimismo, deberán arbitrar los medios para que no se produzcan aglomeraciones de personas dentro de los locales, en especial en las líneas de caja, procurando, que al momento de abonar, las personas mantengan la distancia mínima de un metro entre sí, maximizando en todo momento la higiene de las instalaciones, cajas y changos. -
ARTICULO 6°) Suspéndase las actividades llevadas a cabo en confiterías bailables, salones para eventos, peloteros, gimnasios de la ciudad y toda reunión o evento privado que implique la aglomeración de personas en un ambiente cerrado. -
ARTICULO 7°) Otórguese licencia con goce íntegro de haberes, para todos los trabajadores de planta permanente, contratados y monotributistas mayores de 60 años. Aquellos trabajadores que se encuentren en esta situación y puedan cumplir con sus tareas desde su domicilio, deberán, en el marco de la buena fe contractual, coordinar con su superior inmediato la manera de cumplir con la tarea correspondiente. –
ARTICULO 8°) Suspéndase el cómputo de los plazos administrativos. -

ARTICULO 9°) Establézcase que las medidas adoptadas en la presente Resolución, con excepción del Artículo N°1 de la misma, tendrán vigencia hasta el 31 de Marzo de 2020, pudiendo ser prorrogadas o ampliadas según la evolución de la situación sanitaria o de acuerdo a las nuevas medidas adoptadas por la Provincia o la Nación.-
ARTICULO 10°) Ínstese a la comunidad en general a permanecer en sus domicilios salvo casos de extrema necesidad como así también a evitar las aglomeraciones y adoptar las medidas de prevención ampliamente difundidas. –
ARTÍCULO 11º) Refrende la presente la Secretaria de Gobierno, Modernización y Turismo, Tec. María Belén Aragón. –
ARTÍCULO 12°) Remítase copia de la presente a partes interesadas a sus efectos. -
ARTICULO 13º) Tomado conocimiento, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, cumplido archívese.-

Zapala, 16 de Marzo de 2020.-