JUBILACIONES ENTRE RÍOS

Afirman que el fallo contra aumentos por decreto no crea jurisprudencia

El presidente de la Caja de Jubilaciones de Entre Ríos, Daniel Elías, opinó sobre la sentencia de la sala II de la Cámara Federal de Salta que dispuso que debe haber un piso para los aumentos de los haberes a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), que rija hasta que se ponga en vigencia un nuevo índice de movilidad fijado por el Congreso. El funcionario entrerriano consideró que el fallo no sienta jurisprudencia y señaló que “es aplicable exclusivamente al caso”. Opinó que algunos medios y la oposición “quiso darle una trascendencia nacional como que la ley entró en crisis y por lo tanto el gobierno nacional debe revisar lo que está haciendo”. Y reiteró que “no sienta jurisprudencia para ningún otro juzgado”.

Tras la suspensión de la ley de movilidad en el marco de la sanción en diciembre de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, el Gobierno estableció por decreto el aumento que tuvieron las jubilaciones mínimas, las asignaciones familiares y la Asignación Universal por Hijo (AUH) en marzo y junio pasado. En ese marco, los jueces de la sala II de la Cámara Federal de Salta rechazaron este lunes, mediante una sentencia, la forma en la que el Poder Ejecutivo decide los aumentos trimestrales y por decreto de los haberes.

De esta manera, la justicia salteña dispuso que debe haber un piso para los aumentos de los haberes a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), que rija hasta que se ponga en vigencia un nuevo índice de movilidad que deberá aprobar el Congreso Nacional.